Si por alguna razón te has dado cuenta de que tus documentos de propiedad no tienen el respaldo de manera oficial, si perdiste tus escrituras o si heredaste una propiedad sin adjudicar, acá te damos una serie de recomendaciones para aclarar tu situación.
Caso 1: perdiste las escrituras
Si esto te llegase a pasar, no tienes por qué pensar que es el fin del mundo. En primer lugar revisar si tienes una copia de ellas o un recibo donde se indique el número de escritura, fecha y notaría donde se otorgó. Dirígete al Archivo General de Notaría o la notaría que emitió dicha escritura de forma pública para solicitar una copia certificada.
Si no tienes los datos anteriores, debes ir al Registro Público de la Propiedad con un recibo de servicio o pago de predial Con eso puedes solicitar un antecedente registral de tu vivienda.
Caso 2: no recibiste la adjudicación de la vivienda
Si has heredado una vivienda sin adjudicar, el difunto seguirá apareciendo como propietario ante el registro. De este modo, tendrás que tramitar una sucesión intestamentaria, para ello se debe llevar ante un notario la información de si el fallecido tenía hijos o si se había casado (con contrato prenupcial o sociedad conyugal) para determinar los porcentajes de la herencia.
El segundo paso es un inventario de bienes que debe ser supervisado por un juez. En una reunión de herederos se debe determinar a la persona que se encargará de realizar todos los trámites del juicio. Después de esto se adjudica la herencia.
Caso 3: tienes un inmueble que no está inscrito en el registro
Cuando un inmueble queda en el Registro de Propiedades le da a la persona un derecho de propiedad fehaciente sobre el mismo, por lo que cuando no está allí los contratos sólo tienen validez entre las partes y no frente a todos. Este proceso de registro se conoce como inmatriculación.
Para llevar a cabo este proceso, es necesario acudir a las oficinas del Registro Público de Propiedad con algún documento que certifique tu propiedad junto a los siguientes:
1) Acta de levantamiento topográfico o deslinde catastral
2) Certificado de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad
3) Certificado de libertad de gravámenes ante el Registro Público de la Propiedad
4) Certificado de libertad de gravámenes fiscales
5) Avalúo sobre la propiedad
6) Declaración del Impuesto sobre la Renta
7) Declaración del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.
En caso de dudas, siempre puedes consultar con tu abogado quien será el encargado de darte mejores recomendaciones en cuanto a qué hacer si pierdes algún documento.
FUENTE: METROS CUBICOS
Tener ordenado los documentos de tu vivienda, así como de tu hipoteca y seguros , para cualquier duda acerca de tu crédito hipotecario consulta a uno de nuestros Asesores CRECE SOC.